POLÍTICA

Por primera vez, un diputado pierde sus fueros en San Juan

Es por una causa judicial Federal. Se trata del representante de Calingasta, Alfredo Amín.

Publicada el Viernes 20 de Abril de 2018



Por primera vez, un diputado pierde sus fueros en San Juan

La Cámara de Diputados de San Juan celebró este jueves 19 de abril, la Segunda Sesión del período ordinario en cuyo transcurso resolvió por unanimidad con un total de treinta y tres votos hacer lugar al pedido de desafuero del diputado representante por el departamento Calingasta, Emilio Alfredo Amín, a partir del expediente del Juzgado Federal Nº 2, Secretaría Penal Nº 5, conforme lo establecido por el artículo 141º de la Constitución de la provincia.

La legisladora Marcela Monti informó que la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales había considerado el expediente remitido por el titular del Juzgado Federal Nº 2, Secretaría Penal Nº 5, ante lo cual presentó como moción el pedido de desafuero del legislador Emilio Alfredo Amín.

Destacó además que como comisión habían analizado que el fuero era un status jurídico de protección de diversos tipos, que a lo largo de la historia habían existido en varias culturas y sostuvo que “los fueros son del cuerpo, no de sus miembros individuales, sólo el cuerpo puede quitarlos y por causales específicas y restringidas establecidas en el texto constitucional”.

Aludió luego que “los fueros son una garantía constitucional y quitarlos es una decisión de la Cámara que debe tomarla a requerimiento de un juez. El desafuero es el acto jurídico mediante el cual a una persona aforada se le retiran sus privilegios. En Derecho Moderno le garantiza a un representante popular, elegido en una democracia, la libertad y autonomía necesarias para el desempeño de su función, protegiendo al funcionario público de posibles injerencias de otros poderes o de terceros interesados en impedir o estorbar el ejercicio de su cargo, que determinados servidores públicos sean acusados sin fundamento. En las constituciones modernas fue concebido con la finalidad de garantizar la libertad de expresión, manteniendo y salvaguardando el equilibrio entre los poderes del Estado y la independencia de los mismos. En definitiva, fortaleciendo las instituciones republicanas. En cumplimiento de los principios republicanos de gobierno, especialmente la división de poderes, estamos receptando un mandato judicial y cumpliendo el mismo conforme nuestra Constitución provincial. Estamos preservando la institucionalidad de la Cámara de Diputados y a la vez, estamos dando la posibilidad al diputado de poder ejercer su derecho de defensa consagrado constitucionalmente ya que su presentación ante la Justicia es un derecho que le asiste. La Constitución de la provincia prevé el desafuero en el marco de lo establecido en los artículos 139º, 140º y 141º. De la lectura del requerimiento del juez surge la existencia de las causas que la Constitución de la provincia de San Juan exige para que tal pedido proceda.

En tal sentido, el parlamentario Amín solicitó la palabra para fundamentar su posición y entre otros conceptos puntualizó dirigiéndose a los legisladores que “la política te lleva de una u otra manera por distintos caminos a que estemos acá y por distintos caminos me encuentro entrampado ante una circunstancia que pasó, que surgió, donde era un ciudadano común, que todos los que me conocen de Calingasta saben que somos una familia de trabajo, tengo una empresa familiar se lo he dicho a mis compañeros de bloque, vamos a aprovechar para decírselo al resto de los diputados que orgullosamente le coloqué Don Pocholo, justamente por el amor que le tengo a mi padre, sabiendo que si tenía que utilizarlo como marketing hasta se me reían, pero había una tozudez mi padre estaba vivo todavía y hoy agradezco que mi padre no esté porque les aseguro que lo mato en vida”.

Finalmente, el cuerpo resolvió por unanimidad con un total de 33 votos hacer lugar al pedido de desafuero y suspender al diputado Emilio Alfredo Amín en sus funciones.



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