POLÍTICA

Cómo funcionará la justicia a partir del lunes próximo

Lo definió la Corte de Justicia, turnos web y escritos virtuales, los puntos salientes del Acuerdo General.

Publicada el Jueves 30 de Abril de 2020



Cómo funcionará la justicia a partir del  lunes próximo

La Corte de Justicia, integrada por la Dra. Adriana García Nieto (Presidenta), Dr. Daniel Olivares
Yapur, Dr. Juan José Victoria y Dr. Marcelo Jorge Lima, con la presencia del camarista Dr. Juan
Carlos Pérez y la asistencia del fiscal General de la Corte, Dr. Eduardo Quattropani, definió este
miércoles cómo funcionará el Poder Judicial de San Juan a partir del mes de mayo, en continuidad
al marco preventivo para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19, según las normativas de
salud pública fijadas por los poderes ejecutivos de la Provincia y de la Nación.

A través del Acuerdo General N° 51, el máximo tribunal provincial decidió prorrogar la Feria
Judicial Extraordinaria del 1 al 10 de mayo de 2020. Será en las mismas condiciones de los acuerdo
generales N° 45, N° 49 y el Acuerdo de Superintendencia N° 31.

En ese acuerdo la Corte también dispuso que a partir del 11 de mayo rija el funcionamiento del
Régimen de Regulación Administrada de la Actividad Judicial por Razones de Emergencia
Sanitaria.

En ese acuerdo la Corte estableció qué fueros y procesos funcionarán a partir de ésa fecha, horarios
de trabajo del personal judicial (8 a 13 h y 14 a 19 h, con excepción del fuero de Paz que lo hará en
horario matutino); horarios de atención al profesional y al público (8 a 13 h y 14 a 16 h).

En el Acuerdo General N° 51 también se dispuso que las vistas, traslados e informes destinados al
Ministerio Público de la Defensa, Ministerio Público Pupilar y Fiscalía Civil, serán cumplidos
mediante notificación electrónica.

Si bien se hizo pública la posibilidad de poner a disposición la Mesa de Entrada Virtual a partir del
4 de mayo, la Corte de Justicia merituó la necesidad de establecer un periodo de tiempo prudencial
en el cual los abogados y los operadores jurídicos pudieran realizar consultas y tener la clave de
acceso a la nueva plataforma, como así también resolver los inconvenientes que surgieran en forma
previa a que esa herramienta digital entre en vigencia.

Este 29 de abril, mediante el Acuerdo General 52 la Corte de Justicia aprobó la puesta en
funcionamiento de la Mesa de Entrada Virtual que funcionará a través de la página web oficial
(www.jussanjuan.gov.ar), estableciendo en el acuerdo las etapas de admisibilidad y el cronograma
que tendrá la implementación del soporte digital desarrollado por la Dirección de Informática del
Poder Judicial.

Las fechas más destacadas en el Acuerdo General 52 son:

-A partir del lunes 4 de mayo los abogados podrán registrarse para utilizar la Mesa de Entrada
Virtual, dándose de alta como usuario. Desde ese día estará disponible el instructivo.

-Desde el miércoles 6 de mayo los abogados podrán solicitar Turnos Web mediante la Mesa de
Entrada Virtual y así podrán litigar a partir del 11 de mayo, siempre para los procesos y fueros
establecidos.

-También a partir del miércoles 6 de mayo los abogados podrán subir los escritos a través de la
Mesa de Entrada Virtual, los cuales tendrán validez a partir del 11 de mayo.

La Corte de Justicia precisó que todos los trámites que se hagan a través de esa herramienta digital,
serán habilitados a partir del lunes 11 de mayo.

Si bien la Mesa de Entrada Virtual será la nueva herramienta con la que funcionará el Poder Judicial
de San Juan, la Corte de Justicia precisó que siempre el abogado podrá asistir físicamente y tramitar
las medidas excepcionalmente previstas por fuera de ese sistema digital.

Se recuerda que el Acuerdo General 45 fijó que, durante la Feria Judicial Extraordinaria, todos los
juzgados, tribunales y organismos deben abocarse al estudio de causas y dictado de resoluciones,
distribuyendo el trabajo interno, el que debe ser presentado ante la Presidencia estableciendo los
recursos mínimos y necesarios para tal fin (ver documento en web oficial).

También se recuerda que el Acuerdo General 49 regula el funcionamiento del fuero Penal en la
Feria Judicial Extraordinaria, especificando que los jueces del fuero Penal ordinario, incluido los
juzgados penales de Menores, deberán habilitar la tramitación de causas de personas privadas de la
libertad ambulatoria, o en aquellas donde existiera un factor de vulnerabilidad de las víctimas. Los
abogados podrán ejercer su función ante cada tribunal presentando escritos exclusivamente por
correo electrónico debidamente firmados y en formato digital PDF (ver documento en web oficial).

Y, finalmente, se recuerda que el Acuerdo de Superintendencia N° 31 fija todos los turnos durante la
Feria Judicial Extraordinaria.



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